Mayo será un mes crucial para el Proceso Constitucional. El domingo se elegirá el Consejo Constitucional y, paralelamente, el trabajo sobre las enmiendas en la Comisión Experta dará forma al anteproyecto que servirá de base para la posterior discusión. En este ámbito, uno de los nudos ha sido la norma sobre el derecho a la protección de la salud y, en particular, el derecho a elegir el régimen de salud.
Las bases del proceso contemplan la consagración de un Estado social y democrático de derecho, que promueve el desarrollo progresivo de derechos sociales, a través de instituciones estatales y privadas. En línea con esas bases, es relevante distinguir entre el rol de provisión en los derechos sociales y la consagración de distintos regímenes. Al respecto, existe acuerdo y experiencia comparada sobre la participación de instituciones estales y privadas en la provisión, según determina la ley. En cambio, consagrar sistemas de aseguramiento paralelos sería una limitante al debate de política pública.
Esta discusión se da en el contexto de un sistema privado de salud que arrastra graves problemas estructurales como discriminación por riesgo, segmentación por ingresos, cautividad por preexistencias, desprotección de adultos mayores, multiplicidad de planes complejos (más de 56 mil vigentes) y falta de incentivos a contener costos.Ello ha llevado a que las personas de mayor riesgo y menores ingresos se concentren en Fonasa. También son síntomas de las falencias del sistema la significativa judicialización de controversias con las isapres y un creciente sentimiento de desprotección en los afiliados. En la práctica, cuando los espacios para compartir riesgos y solidaridad se constriñen, la libertad de elección resulta meramente declarativa.
A la dificultad para construir acuerdos y la inacción legislativa se han sumado los fallos de la Corte Suprema de 2022, generando una crisis del sistema privado con impactos sistémicos. Así, sin perjuicio de la urgencia de una ‘ley corta’, la necesidad de una reforma de mediano y largo plazo continuará siendo apremiante y deberá efectuarse durante la vigencia de la nueva Constitución.
Creemos fundamental que el nuevo texto constitucional contenga una robusta consagración del derecho a la protección de la salud, garantizado por el Estado, y, al mismo tiempo, queden abiertos los espacios necesarios para el debate democrático, habilitando al legislador para establecer las características específicas de nuestro sistema.Ante las legítimas diferencias sobre los caminos a seguir, los órganos del proceso constituyente debieran ser especialmentecautelosos en no clausurar anticipadamente la necesaria discusión pública, evitando ‘constitucionalizar’ un determinado modelo.