Señor director:
La semana pasada señalé que la información estadística que se había entregado a la fecha sobre el funcionamiento del «control preventivo de identidad» era insuficiente y estaba desactualizada. De acuerdo a la legislación vigente, las policías tienen el deber de informar trimestralmente sobre esta materia y el Ministerio del Interior de publicar en su página web las estadísticas de uso.
Estos deberes se incluyeron en la ley con el propósito específico de fortalecer el control ciudadano y de otras autoridades públicas en el ejercicio de una facultad que se veía como riesgosa por la ciudadanía.
Hasta ese momento la página web tenía publicadas solo las estadísticas de octubre a diciembre de 2016. Esto ha sido corregido y ahora aparecen los datos de enero a marzo de 2017. El problema es que son exactamente iguales a los del trimestre anterior. Es decir, hay un evidente error en la información publicada.
Esto da cuenta de la poca importancia que se está otorgando al cumplimiento de la obligación establecida en la ley, lo que ha sido una constante en más de 10 meses de vigencia. Además, los pocos datos que se han publicado impiden hacer un análisis mínimo y controlar la forma en que está siendo ejercida en la práctica. Es de esperar que esta situación sea corregida y que quienes promovieron este cambio legal muestren el mismo interés en vigilar su cumplimiento que el que exhibieron al momento de promover su aprobación.