En su columna del lunes pasado, el profesor Álvaro Paúl se refiere al derecho internacional con preocupante liviandad, señalando que éste no debiera intervenir en asuntos internos. Su descripción es solo parcialmente correcta y totalmente descontextualizada.
Ella omite que Chile tiene el deber de respetar la vida y la integridad personal aun en estados de excepción, porque suscribió tratados internacionales vinculantes que así lo exigen. Las recomendaciones sobre el uso de la fuerza policial a las que se refiere el profesor son sugerencias sobre cómo respetar los derechos, pero éstos están consagrados en instrumentos obligatorios. Si Chile no cumple, los órganos internacionales intervienen.
El Sr. Paúl cree que la CIDH se excede al visitar a Chile y otorgar audiencia. Sin embargo, estas son sus funciones básicas para prevenir violación de derechos y el gobierno las aceptó. Más grave aún, el Sr. Paúl insinúa que el derecho internacional de los derechos humanos tiene una agenda socialista. Su afirmación es irresponsable, arriesga la estabilidad del orden internacional y es intelectualmente deshonesta, pues no hay evidencia que estos sistemas estén ideológicamente motivados.
Quienes firmamos rechazamos la violencia, pero vemos con profunda preocupación que el Estado esté violando gravemente los DD.HH. Defender que el Estado no tenga control internacional es grave y contrario al derecho internacional vinculante para Chile.
Macarena Sáez Torres, Profesora de Derecho Internacional, LLM, Yale Law School
Ximena Gauché Marchetti, Doctora en Derecho, Profesora de Derecho Internacional, Universidad de Concepción.
Lidia Casas Becerra, Doctora en Derecho, Directora del Centro de Derechos Humanos, Universidad Diego Portales.
Miriam Henríquez Viñas, Profesora del Departamento de Derecho Público, U. Alberto Hurtado.
Verónica Undurraga Valdés, Doctora en Derecho, Profesora Universidad Adolfo Ibáñez.
Catalina Lagos Tschorne, Profesora del Departamento de Derecho Público, U. Alberto Hurtado.
Claudia Sarmiento Ramírez, Magíster en Teoría Legal, Profesora del Dpto. de Derecho Público, U. Alberto Hurtado.
Patricia Rada Salazar, Magíster en Derecho Público y Litigación Constitucional, U. Diego Portales.
Antonia Rivas Palma, Doctora en Antropología, Universidad de Berkeley.
Catalina Fernández Carter, Magíster en Derecho Internacional, Universidad de Cambridge.
Judith Schönsteiner, Doctora en Derecho, Investigadora del Centro de Derechos Humanos, U. Diego Portales.
Yanira Zúñiga, Profesora Universidad Austral.
Ester Valenzuela, Profesora Universidad Diego Portales.
Mauricio Duce, Profesor Universidad Diego Portales.
Marcela Zúñiga, Profesora de Derecho Internacional Universidad Diego Portales.
Lucía Rizik, Doctora en Derecho, Universidad Central
Bárbara Sepúlveda, Profesora del Departamento de Derecho Público, U. Alberto Hurtado.
Estefanía Esparza Reyes, Profesora Universidad de La Frontera.
Tomás Vial Solar, Profesor de Derecho Constitucional, Universidad Andrés Bello y Diego Portales.
Belén Saavedra Prats, Profesora Universidad Diego Portales.
Macarena Vargas, Profesora Universidad Diego Portales.
Francisca Vargas, Profesora Centro de Derechos Humanos, Universidad Diego Portales.
Domingo Lovera Parmo, Profesor Universidad Diego Portales.
Claudio Fuentes Maureira, Profesor Universidad Diego Portales.
Alejandra Zúñiga Fajuri, Profesora Universidad de Valparaíso.
Alberto Coddou, Profesor Universidad Austral.
Matías Guiloff, Profesor Universidad Diego Portales.
Juan Pablo González Jansana, Profesor Universidad Diego Portales.
Luis Villavicencio Miranda, Profesor Universidad de Valparaíso.