Entre 2014 y 2017 se introdujeron profundas reformas a nuestro sistema democrático. Voto de los chilenos en el extranjero; fin al sistema electoral binominal; partidos políticos; autonomía constitucional del Servel y nuevas atribuciones fiscalizadoras; cuotas de género en listas parlamentarias, y radicales reformas en la regulación de las campañas electorales. Nuevos límites de gasto y de aportes, y su publicidad; prohibición de financiamiento político por empresas, regulación de plazos y formas de propaganda. El objetivo fue fortalecer la democracia por la vía de lograr mayor igualdad política, transparencia y reducir la vinculación entre dinero y política.
Entre esas normas, el 2016 se incorporó una prohibición de divulgar encuestas electorales los 15 días antes de las elecciones. Esa norma ingresó por indicación en la Cámara de Diputados y luego en el Senado se amplió el plazo de la prohibición de 4 a 15 días, por indicación parlamentaria. Mientras en la Cámara de Diputados esta norma separó aguas entre izquierdas (a favor) y derechas (en contra), en el Senado la comisión a cargo la votó favorablemente de forma unánime.
Entre los argumentos para su incorporación se planteó que las encuestas podían potencialmente ser utilizadas para injerir indebidamente en los resultados de una elección, configurando una forma encubierta de campaña o propaganda muy difícil de controlar, abriendo espacio a mayor influencia del dinero en la política.
La publicación de encuestas electorales es una cuestión debatida y no existe una única solución en derecho comparado. Encontramos países que no cuentan con regulación alguna al respecto (Estados Unidos), otros que cuentan con periodos de embargo de publicación de sus resultados, como Chile, con rangos de plazos variables (Italia, México, Brasil), mientras otros poseen regulaciones más exhaustivas, llegando a contar con institucionalidad especializada para asegurar que las encuestas cumplan estándares mínimos de transparencia y no injerencia (Argentina, Costa Rica, Francia). En donde existe más regulación justamente se ha buscado dotarlas de mayor transparencia y objetividad, lo que podría ser un camino a seguir.
En nuestro país, las encuestas electorales tienen escasa capacidad predictiva; con sistema de voto voluntario no existe una metodología objetiva y acertada que defina el votante probable en cada elección, a lo que se suman bajas tasas de respuesta y que los métodos más populares de recabarlas han caído drásticamente, por lo que su valor científico está en entredicho. Además, existe un problema de falta de transparencia en relación a su diseño, financiamiento y potencial utilización antiética como medio para injerir en la votación (push poll), lo que carece de total regulación en nuestro país.
Por lo mismo, divulgar encuestas en los días próximos a una elección podría constituir una forma encubierta de campaña o financiamiento ilegal de campañas que hoy no tenemos cómo controlar. Así, frente a la ausencia total reglas que aseguren mayor transparencia y objetividad en las encuestas electorales y que prevengan la utilización antiética de ellas, la prohibición que contempla la actual legislación parece adecuada.