Muchos profesionales vinculados a las políticas públicas han manifestado su preocupación por la creciente falta de rigurosidad en nuestro debate público. En particular, critican la ausencia de un análisis de impacto económico para la moción con que un grupo de diputadas propuso reducir la jornada laboral a 40 horas. Ello sería representativo de una sociedad cada vez más polarizada, donde la evidencia es incapaz de persuadir al rival político.
Aunque este diagnóstico tiene mucho de cierto, los principales responsables no son este grupo de diputadas, sino el propio Gobierno. Desde hace años, el Ministerio de Hacienda realiza un análisis del impacto económico para todos los proyectos de ley. Siguiendo la tradición de objetividad y profesionalismo que caracteriza a nuestras autoridades fiscales, estos análisis ponderaban la evidencia disponible con relativa independencia de los intereses del gobierno. Una de las últimas muestras de aquello fue el análisis de impacto a la reforma de pensiones presentada por la Presidenta Bachelet, ocasión en la cual la estimación del gasto fiscal llegó a incomodar a los propios impulsores de esa reforma. Esta era precisamente la función de los análisis de impacto, evaluar objetivamente las iniciativas del gobierno y proteger la responsabilidad fiscal más allá de la coyuntura política.
Comparemos esta situación con el análisis de impacto realizado por el Ministerio de Hacienda respecto de la moción para reducir la jornada a 40 horas. En este caso, se estima como gasto fiscal la disminución en los impuestos recaudados debido a una supuesta merma en productividad y crecimiento. Ello se aparta de la metodología utilizada tradicionalmente, con la que se entendía como gasto fiscal únicamente aquello que el Estado efectivamente gasta, en lugar de aquello que se dejaría de recibir producto de circunstancias situadas varias cadenas causales más allá de sus propias decisiones. Pero peor aún, este cambio metodológico estaría dirigido a sostener una estrategia legislativa del Gobierno, consistente en impugnar la constitucionalidad de la moción legislativa. Efectivamente, la legislación que genera gasto público solo puede ser promovida por el Presidente y al Congreso le corresponde constitucionalmente un rol reactivo.
Ahora bien, como muestra este ejemplo, pareciera que los análisis de impacto han dejado de preocuparse por la responsabilidad fiscal, para preocuparse por las estrategias legislativas del gobierno incumbente. Han dejado de situarse fuera de la coyuntura para entrar derechamente en ella. Si quienes tradicionalmente actuaban con objetividad y mirada de largo plazo deciden atrincherarse en la contingencia, tomar partido y cambiar de metodología según los intereses que defiendan, es evidente que nuestro debate político continuará deteriorándose.