Desde el inicio de la pandemia, el sistema institucional chileno ha utilizado todas las herramientas legales excepcionales para abordar la crisis provocada por la covid-19. Decretó alerta sanitaria, dictó el estado de excepción constitucional de catástrofe, declaró a todas las comunas del país en situación de catástrofe y emitió el decreto de emergencia económica. No existe registro en nuestra historia de la ejecución coetánea de todos esos instrumentos por tan largo tiempo.
El Congreso ha dictado cerca de sesenta leyes, el Ejecutivo ha emitido cientos de decretos y resoluciones vinculadas a la pandemia, y los tribunales han sido deferentes en el control de la legalidad de las medidas ordenadas. Este conjunto de reglas formuladas en sólo un año ha permitido un verdadero Derecho de la excepción, del cual todavía no somos capaces de dimensionar sus efectos permanentes para el futuro.
Tener conciencia de eso es importante, porque cuando en las próximas semanas se cumpla un año de la declaración del estado de excepción, y el Presidente deba solicitar autorización al Congreso si desea continuar con él, es necesario que éste dé cuenta detallada de las medidas adoptadas a su amparo, los recursos utilizados y los resultados obtenidos considerando el objetivo sanitario para el cual fue emitido. Pero también debería ser el momento de evaluar las acciones ejecutadas fuera de él.
Por ejemplo, se suele informar que el ‘toque de queda’ es una medida que proviene del estado de excepción constitucional y por lo tanto, si éste se acaba, lo hará también dicha restricción. Pero es un error. Esa orden está regulada en la actualidad como aislamiento sanitario, al igual que las cuarentenas, que decreta el Ministerio de Salud en base a sus atribuciones sanitarias vigentes por décadas y que se complementaron con la dictación del reglamento sanitario internacional, un tratado que el Congreso aprobó en 2008 y que ha sido la base de la coordinación de acciones entre Estados para reducir la propagación del virus.
Los estados de excepción han sido históricamente utilizados para restringir la democracia y las libertades públicas. Por eso, no sólo en Chile sino que en buena parte de los países del mundo, el uso de este tipo de herramientas es mirado con sospecha. En todos esos casos las heridas del pasado explican el legítimo temor que se utilicen medios abusivos y desproporcionados para enfrentar la pandemia.
Por eso importa lo que suceda antes del 18 de marzo. El Ejecutivo debería explicar, más allá del estado de excepción, cómo ha utilizado todas las atribuciones legales y recursos para controlar los contagios, y es responsabilidad del Congreso exigir esa rendición de cuentas bajo estrictas consideraciones de eficacia sanitaria.
Publicada en La Segunda.