{"id":1721,"date":"2018-10-10T00:00:00","date_gmt":"2018-10-10T04:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/epublico.zet.cl\/el-sernac-y-las-murallas-chinas\/"},"modified":"2021-06-13T17:46:45","modified_gmt":"2021-06-13T21:46:45","slug":"el-sernac-y-las-murallas-chinas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/espaciopublico.cl\/el-sernac-y-las-murallas-chinas\/","title":{"rendered":"\u00abEl Sernac y las murallas chinas\u00bb"},"content":{"rendered":"

Hace algunos d\u00edas se conocieron nuevos detalles del acuerdo entre la empresa CMPC y algunas organizaciones de consumidores. Como en otros casos previos, la funci\u00f3n del Sernac consisti\u00f3 en facilitar que las partes se pusieran de acuerdo: procesar documentos, revisar asientos contables, asistir a reuniones, y otras maneras de tomar conocimiento del conflicto. \u00bfPero qu\u00e9 hubiera ocurrido si las negociaciones hubieran fracasado? \u00bfSer\u00eda razonable que el Sernac utilizase la informaci\u00f3n a que tuvo acceso para demandar a CMPC en representaci\u00f3n de los consumidores? Es claro que, si lo hubiera hecho, la siguiente empresa que tuviera un conflicto con sus consumidores se lo pensar\u00eda dos veces antes de buscar la mediaci\u00f3n del Sernac, o bien acudir\u00eda a la mediaci\u00f3n con una estrategia bastante m\u00e1s defensiva.<\/p>\n

Este es el problema que aborda la nueva ley del Sernac a trav\u00e9s de un mecanismo que se conoce como \u201cmurallas chinas\u201d. Por una parte, el Sernac debe proteger los intereses de los consumidores y ello muchas veces supone demandar judicialmente a las empresas. En esos casos, resulta l\u00f3gico que busque recopilar la mayor cantidad informaci\u00f3n: la parte que tiene mejor evidencia es la que generalmente gana el juicio. Por otra parte, sin embargo, al Sernac tambi\u00e9n debiera interesarle que la empresa y sus consumidores puedan arreglar sus diferencias directamente, sin necesidad de procesos judiciales largos e inciertos. Por algo los abogados dicen que un mal arreglo es mejor que un buen juicio. Como se aprecia, el dise\u00f1o institucional del Sernac genera un potencial conflicto de intereses: puede utilizar los antecedentes de una mediaci\u00f3n que fracasa para asegurarse de ganar el juicio, o bien puede destruirlos para fomentar que futuras empresas se acerquen voluntariamente a la mediaci\u00f3n.<\/p>\n

Para evitar el conflicto, la ley crea dos subdirecciones nuevas en el Sernac. Una debe encargarse de las mediaciones, y otra diferente debe preocuparse de litigar. En ambos casos, el subdirector debe ser elegido a trav\u00e9s del Sistema de Alta Direcci\u00f3n P\u00fablica y existe un r\u00e9gimen de inhabilidad que impide la circulaci\u00f3n de funcionarios entre estas dos subdirecciones. A lo anterior se agrega una facultad normativa del director nacional para adaptar la organizaci\u00f3n interna del Sernac en materias como flujo de documentos, procesos de intercambio de informaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n. Ello debiera contribuir a que las atribuciones de mediaci\u00f3n y litigaci\u00f3n sean ejercidas de manera independiente, sin que una de ellas sea instrumentalizada en funci\u00f3n de la otra. Ahora bien, como lo muestra la experiencia de la Fiscal\u00eda Nacional Econ\u00f3mica con la delaci\u00f3n compensada, donde existe un conflicto de intereses similar, este proceso supone un cambio cultural que requiere paciencia, compromiso y seriedad.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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