{"id":5866,"date":"2021-06-14T15:47:55","date_gmt":"2021-06-14T19:47:55","guid":{"rendered":"https:\/\/espaciopublico.cl\/?p=5866"},"modified":"2021-06-15T15:49:15","modified_gmt":"2021-06-15T19:49:15","slug":"la-importancia-de-la-independencia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/espaciopublico.cl\/la-importancia-de-la-independencia\/","title":{"rendered":"La importancia de la independencia"},"content":{"rendered":"

En el discurso inaugural del a\u00f1o judicial de 1973, Enrique Urrutia Manzano, presidente de la Corte Suprema, tom\u00f3 partido en la disputa pol\u00edtica de esos a\u00f1os y objet\u00f3 las actuaciones del gobierno de la Unidad Popular. El 12 de septiembre, el propio Urrutia manifest\u00f3, en nombre del Poder Judicial, ‘su m\u00e1s \u00edntima complacencia’ con el golpe de Estado del d\u00eda anterior. Los a\u00f1os que vinieron tras esa ‘satisfacci\u00f3n’ fueron vergonzosos, porque cuando se le solicit\u00f3 dar amparo a quienes eran perseguidos, la Corte dio muestras sistem\u00e1ticas de indiferencia, que se tradujeron en una abierta denegaci\u00f3n de justicia.<\/p>\n

Tras el fin de la dictadura, los gobiernos democr\u00e1ticos realizaron constantes esfuerzos por reformar el Poder Judicial y volver a recuperar su genuina independencia. No fueron tiempos f\u00e1ciles: el pasado reciente y jueces refractarios al cambio dificultaron el proceso. Este fue posible reci\u00e9n en 1997, inici\u00e1ndose una progresiva reestructuraci\u00f3n y renovaci\u00f3n, que ha permitido el desarrollo, hasta hoy, de una amplia cultura judicial de derechos.<\/p>\n

Durante estas dos \u00faltimas d\u00e9cadas, los asuntos resueltos por la Corte Suprema han anticipado, de alg\u00fan otro modo, parte de los debates que hoy preocupan a la pol\u00edtica. En base a esa evoluci\u00f3n, sus decisiones han aplicado el derecho internacional de los derechos humanos en temas tan diversos como cr\u00edmenes de lesa humanidad, salud, educaci\u00f3n y acceso al agua potable; han dado protecci\u00f3n ambiental a comunidades afectadas, han reconocido en la participaci\u00f3n ciudadana un criterio de legitimaci\u00f3n para los actos de la autoridad, y han sido rigurosas al se\u00f1alar que ning\u00fan organismo p\u00fablico puede adoptar decisiones sin explicar detalladamente sus razones, la \u00fanica manera en que las personas pueden defender sus derechos.<\/p>\n

Por eso cuando la semana pasada la Corte Suprema orden\u00f3 a las cortes de Apelaciones disponer del funcionamiento extraordinario los fines de semana para conocer los recursos de amparo a favor de migrantes expulsados, simb\u00f3licamente estaba recordando la importancia de la separaci\u00f3n de poderes. Y acreditaba, a la vez, que los esfuerzos de estas d\u00e9cadas para recuperar la dignidad judicial no han sido en vano.<\/p>\n

Es esa independencia reconquistada la que explica por qu\u00e9 el Congreso decidi\u00f3 que correspondiera a la Corte Suprema y no al Tribunal Constitucional la resoluci\u00f3n de las disputas procedimentales al interior de la Convenci\u00f3n Constitucional. La Corte es un s\u00edmbolo de neutralidad que deber\u00eda dar garant\u00edas frente al leg\u00edtimo debate pol\u00edtico que provoca la nueva Constituci\u00f3n. Y es quiz\u00e1 esa misma raz\u00f3n la que permita sostener la conveniencia que sea el presidente de la Corte, y no otra autoridad pol\u00edtica, el que facilite la instalaci\u00f3n de la misma.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

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