Hace un par de semanas fue aprobada en la Cámara de Diputados la propuesta del
Ejecutivo de establecer un régimen especial de trabajo para jóvenes que estudian en
educación superior técnica o profesional y deseen trabajar. Según las afirmaciones del
gobierno el denominado “Estatuto Laboral Joven”, aumentaría el empleo formal en los
jóvenes permitiendo compatibilizar estudios y la carga laboral sin limitar sus derechos
laborales. Mientras que, parte de la oposición, lo considera como una vulneración de
derechos laborales. Sin embargo, ¿Cuáles son los posibles efectos de esta regulación,
considerando la importancia de reducir la informalidad y aumentar la tasa de ocupación de
este segmento, pero sin omitir efectos potenciales sobre otros grupos de trabajadores?
Para empezar, determinemos a los tres grupos de la fuerza de trabajo que potencialmente
serán afectados por esta medida: jóvenes que hoy trabajan y estudian, jóvenes que
estudian y no trabajan (pero que desearían hacerlo) y a los trabajadores (actuales y
potenciales) con similar nivel de calificación que los jóvenes estudiantes. La medida que
impulsa el gobierno asume -en un mundo ideal- que los primeros verán aumentado el
grado de formalidad de sus trabajos; que los segundos, dada la mayor flexibilidad,
aumentaran su ocupación; y, que el tercer grupo no se verá afectado. Todo esto, por
supuesto, garantizando los derechos laborales. ¿Suena bien o no? Lamentablemente, la
historia parece ser otra, veamos algunas razones.
En primer lugar, tal como ha señalado la OIT, el estatuto actual tiene una excesiva
precarización hacia una categoría de trabajadores –jóvenes estudiantes- en relación con
otras. Este efecto se aprecia principalmente en jóvenes que hoy estudian y trabajan en
regímenes formales de contratación, así como a los potenciales entrantes. Por ejemplo, no
queda claro que pasará con los derechos a pre y post natal, las licencias por incapacidad,
el derecho a sindicalización y la indemnización por finalización de contrato (la cual, con el
nuevo estatuto, se elimina si el joven cumple 29 años o deja de estudiar). Es
consecuencia, además, si asumimos que este estatuto no generará nuevos puestos de
trabajo, entonces existirá sustitución, donde trabajadores bajo el nuevo estatuto –más
precario- remplazaran a otros fuera de él, perdiéndose en el traspaso, derechos laborales.
En segundo lugar, si el objetivo del estatuto es aumentar la tasa de ocupación de jóvenes
que estudian, el Ejecutivo debería poner especial foco en compatibilizar los estudios (tarea
primordial de alguien que decide estudiar) con el trabajo -garantizando compatibilidad
horaria-, con garantía de sus derechos laborales, como toda la regulación del sector. No
obstante, un estatuto que establece que "el estudiante trabajador tendrá derecho a un
permiso sin goce de remuneración con ocasión de rendir sus exámenes académicos" y que
no garantiza la obligación de compatibilizar carga académica y trabajo por parte del
empleador apunta claramente en la dirección contraria.
En tercer lugar, para ampliar la discusión proponemos revisar las cifras. Según datos del
INE, entre los jóvenes existe una tasa de desempleo del 12%, lo que duplica la cifra
nacional de un 6,7%. Este estatuto apunta a reducir tal porcentaje enfocando los
esfuerzos exclusivamente en el grupo de jóvenes que estudia y no trabaja. Sin embargo,
si revisamos con mayor detalle las mismas cifras, vemos que, entre los jóvenes de 18 y 24
años, solo un 9% trabaja y estudia; un 40% declara que sólo estudia; un 29% solo
trabaja; y otro22% declara que no trabaja ni estudia (“Nini”). Nos parece que, para
aumentar el empleo juvenil, un foco natural, debiese ser ese 22% que no estudia ni
trabaja. Es difícil entender, como una medida que pretende ser la revolución del empleo
juvenil, no se hace cargo de un grupo tan relevante y vulnerado de la población joven.
Lo anterior, ¿Quiere decir que incentivar a los jóvenes que estudian a que trabajen es una
mala política? La respuesta es no, incluso existen muchos buenos argumentos de por qué
es deseable y, hasta, necesario. Ejemplos de buenas políticas aplicadas en Chile y en el
mundo donde se busca incentivar el trabajo de estudiantes ponderando adecuadamente
sus derechos tanto como estudiantes y trabajadores son múltiples. En Chile, por ejemplo,
el programa Subsidio al Empleo Joven – que incentiva a los empleadores a contratar
jóvenes de los dos primeros quintiles de ingreso-, no sólo ha presentado buenos
resultados, sino que también se ha enfocado en los grupos correctos. Mientras que en
Canadá, el programa “Summer Jobs” entrega subsidios salariales para empleadores que
creen trabajos para estudiantes jóvenes, con el fin de que los estudiantes aprovechen de
ganar experiencia haciendo más fácil su transición al mercado laboral.
Ambas medidas grafican cómo las políticas públicas de empleo pueden ponderar de forma
efectiva el derecho a estudiar con la necesidad o el deseo de trabajar, aumentando la
participación laboral y no limitando derechos. Cuestión lejana al actual estatuto que
aprobó la Cámara.