Paula Benavides
Medio:
La Segunda
El reciente rechazo de los recursos de aclaración respecto de los fallos de la Corte Suprema de noviembre de 2022 —con el que se mantuvieron en los términos en que fueron dictados, es decir, con alcance general— despejó el escenario sobre el cual se discutirá la ley corta de isapres en los próximos meses.
Lo concreto es que se enfrenta la necesidad urgente de encontrar una solución legislativa que facilite la implementación del fallo dictado con una mirada sistémica, evitando la quiebra del sistema privado y los efectos que esto tendría en el sistema de salud en su conjunto. El plazo es corto: en noviembre esa iniciativa debe estar legislada.
Los fallos de la Corte Suprema de noviembre de 2022 dejan espacio amplio a los poderes colegisladores para una interpretación sistémica de las sentencias y para definir la forma de su implementación, resguardando la viabilidad del sistema. El Ejecutivo y el Congreso no debieran inhibirse de buscar las soluciones de política pública para evitar altos costos sociales y desprotección de las personas. Ante el actual escenario, se hace imprescindible acordar vías de solución que den certeza a los beneficiarios y faciliten la implementación del fallo en los tiempos señalados.
Un aspecto importante es que la interpretación del efecto retroactivo de los fallos debe hacerse permitiendo que opere el marco de subsidios cruzados entre los beneficiarios. Así, los criterios para determinar los cobros en exceso o enriquecimiento sin causa debieran estar en la ley corta.
Los fallos de la Corte Suprema de noviembre de 2022 dejan espacio amplio a los poderes colegisladores para una interpretación sistémica de las sentencias y para definir la forma de su implementación, resguardando la viabilidad del sistema. El Ejecutivo y el Congreso no debieran inhibirse de buscar las soluciones de política pública para evitar altos costos sociales y desprotección de las personas. Ante el actual escenario, se hace imprescindible acordar vías de solución que den certeza a los beneficiarios y faciliten la implementación del fallo en los tiempos señalados.
Un aspecto importante es que la interpretación del efecto retroactivo de los fallos debe hacerse permitiendo que opere el marco de subsidios cruzados entre los beneficiarios. Así, los criterios para determinar los cobros en exceso o enriquecimiento sin causa debieran estar en la ley corta.
En Espacio Público lanzamos hace casi un mes un informe donde, además de un diagnóstico que da cuenta de los antecedentes de esta crisis y de propuestas sobre el efecto retroactivo, se sugieren medidas inmediatas para avanzar en solucionarla en sus efectos prospectivos: (i) plan de contención costos, (ii) perfeccionamientos regulatorios en materia de ajuste de precios y (iii) fortalecimiento de facultades de la Superintendencia de Salud.
Por otro lado, no podemos olvidar que, más allá de la urgencia de la implementación del fallo, los problemas del sistema privado de salud son estructurales y han sido diagnosticados por distintas comisiones técnicas y expertos a lo largo de los últimos años. Por ello, paralelamente también se requiere abordar un cambio legal que resuelva estos problemas estructurales y permita avanzar a un sistema de salud más solidario y eficiente. Esto demandará un acuerdo político transversal y una fuerza de tarea específica para liderar e implementar proyectos.
Existen vías de solución a estos problemas, pero resulta fundamental que todos los actores podamos aportar a encontrar una solución de consenso y no diluyamos esfuerzos, dadas las consecuencias que tendría seguir profundizando esta crisis.
Existen vías de solución a estos problemas, pero resulta fundamental que todos los actores podamos aportar a encontrar una solución de consenso y no diluyamos esfuerzos, dadas las consecuencias que tendría seguir profundizando esta crisis.
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