La semana pasada, el pleno de la Convención Constitucional aprobó los denominados ‘derechos digitales’, entre los cuales se encuentra el de ‘acceso universal, conectividad digital y a las tecnologías de la información y comunicación’. Algo similar se ha discutido en la comisión de derechos fundamentales. A su vez, desde el año 2020 el Senado debate un proyecto que reconoce a Internet como servicio público.
Ese consenso tiene correlato, además, con la infraestructura de telecomunicaciones que el país ha desarrollado desde hace dos décadas y, en particular, la mejora de su conectividad mediante cables de fibra óptica submarinos. Sobre dicha infraestructura descansa el éxito de la adjudicación de la licitación del espacio radioeléctrico para que opere la señal 5G, una tecnología sobre la cual han puesto sus esperanzas la prestación de varios servicios públicos, como la telemedicina y la educación.
Pero, también la semana pasada, la comisión de Medio Ambiente de la Convención aprobó un texto, que ahora debe discutir el pleno, que prohíbe otorgar ‘autorizaciones de uso’ en el fondo marino. El problema es que esa regla llevaría indefectiblemente a la inconstitucionalidad de las normas que permiten otorgar concesiones y autorizaciones para extender los cables submarinos que habilitan la conexión del país a la red.
Es altamente probable que los miembros de esa comisión hubiesen querido impedir la explotación económica del fondo marino, como sucede con el potencial desarrollo de la minería submarina. El punto, sin embargo, es que al imponer prohibiciones con desconocimiento concreto de sus efectos en la gestión pública, estas pueden terminar por perjudicar otros objetivos de interés general que la misma convención desea resguardar.
De los múltiples desafíos que enfrenta la convención, este caso revela dos. Por un lado, las inconsistencias normativas que sólo son posibles de advertir en el pleno, en la medida que los convencionales tienen tiempo, en un contexto de vertiginosas votaciones, y, por la otra, que la interrogante sobre qué merece estar en la Constitución, y qué en la ley, depende del necesario marco para el desarrollo de políticas públicas futuras. Las prohibiciones constitucionales absolutas, especialmente cuando se desconocen sus impactos, pueden provocar contrasentidos como lo revela la evidente integración del uso del fondo marino, los derechos digitales, Internet como servicio básico y la reducción de la brecha digital.