Innovando prácticas sin cambio legal: positiva experiencia en elección de fiscal regional Antofagasta
25 de August de 2023
Uno de los problemas de funcionamiento de nuestra justicia penal, que podría expandirse a otros ámbitos, ha sido lo que podría caracterizarse como una cierta pérdida de capacidad de innovación en la forma que los distintos actores llevan adelante sus procedimientos de trabajo en los más diversos ámbitos de desempeño.
Esto es, en mi opinión, uno de los factores que explica un deterioro que es posible apreciar en la calidad de trabajo en el sistema que he abordado desde diversas perspectivas en varias de mis columnas en los últimos años. En efecto, muchas veces pareciera que las cosas se hacen debido a que es la manera que siempre se han hecho y no como consecuencia de una reflexión acerca de qué forma es más conveniente y valiosa para lograr los objetivos del sistema. El peso de la noche impide innovaciones, muchas veces simples, que podrían introducir mejoras relevantes en diversas materias e instala una inercia que deteriora la calidad del sistema y que finalmente impacta en la valoración ciudadana que se hace de las distintas instituciones del sector.
En esta columna quiero referirme y valorar positivamente una innovación recientemente implementada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta para la confección de la terna de candidatos a fiscal regional, que representa un quiebre del panorama descrito en el párrafo anterior. Se trata de una experiencia en que la Corte, sin esperar cambios legales, pero actuando dentro del marco normativo vigente, pudo mejorar sustancialmente los niveles de transparencia, la participación ciudadana y la calidad de la información disponible para decidir la terna para un cargo tan relevante como el del fiscal regional – de ocho años de duración, ni más ni menos-. Un avance muy importante que es de esperar sea seguido en procesos futuros.
Reviso brevemente la legislación vigente para que tengamos fresco el marco normativo en el cual se desarrolló esta experiencia. De acuerdo al artículo 86 de nuestra Constitución, los fiscales regionales deben ser nombrados por el fiscal nacional a partir de una terna elaborada por la Corte (o cortes) de Apelación de la región respectiva. El artículo 87 del mismo texto regula que dicha terna debe confeccionarse a partir de un concurso público de antecedentes, en el cual cada integrante de la Corte dispondrá de dos votos. Resultarán electos quienes obtengan las tres primeras mayorías. Estas normas se repiten en el artículo 29 de la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público (N° 19.640), el que agrega que los postulantes que reúnan los requisitos legales deben ser citados a una audiencia pública citada al efecto. Además, se le entrega a la Corte Suprema la regulación de la forma en que dichas audiencias deben ser desarrolladas
Esta materia fue abordada en el Acta N° 151-2007 del máximo tribunal que estableció el auto acordado sobre designación de fiscal nacional y fiscales regionales del Ministerio Público. En dicho texto se regulan con cierto detalle los plazos de los concursos, los documentos y certificados que los postulantes deben presentar, entre otras cuestiones. Además, se regula la audiencia pública, estableciendo la forma en que se deben dar a conocer los antecedentes relevantes de cada postulante y luego regulando la posibilidad de que realicen una sucinta exposición de no más de 15 minutos.
Hasta donde conozco, los concursos realizados a la fecha han seguido un modelo bastante estandarizado y formal. Los postulantes han presentado sus antecedentes curriculares en los plazos fijados por las cortes de apelaciones, se han realizado audiencias públicas en las que ellos han sido resumidos y se les ha entregado un espacio breve para exponer sus ideas principales, sin que exista interacción con la corte respectiva -se trata de exposiciones sin preguntas-. Al concluir la audiencia, los ministros han formulado su votación conociéndose luego el resultado de esta en actas que no contienen una justificación de las razones que llevaron a votar por cada postulante. Se trata de procedimientos que han cumplido con la normativa vigente, pero que han dejado un sabor amargo en la boca: la selección de postulantes a un cargo tan importante se hace con menos información que se esperaría para su relevancia y con niveles bajos de participación y justificación en esas decisiones.
En este contexto, la Corte de Apelaciones de Antofagasta decidió introducir mejoras en el proceso que acaba de concluir el 8 de agosto pasado. Para no extender en demasía esta columna agrupo estas innovaciones en cuatro cuestiones.
La primera es que la corte introdujo una mejora importante en la calidad y cantidad de la información previa que los postulantes debían presentar y su transparencia. En su Acta de Pleno N° 197 (de 6 de julio) invitó a los postulantes a que junto con acompañar sus antecedentes curriculares y certificados tradicionalmente exigidos presentaran una propuesta técnica (en un documento definido en la misma acta), que se haría disponible para el público, en la cual pudieran exponer su visión sobre el modelo de política criminal en la región, sobre la gestión de la fiscalía regional, elaboraran propuestas, entre otras. Además, los invitó a exponer sobre antecedentes que permitieran identificar conflictos de interés para el desempeño del cargo, como también a manifestar cualquier circunstancia que desde su perspectiva pudiere inhabilitarlos eventualmente para tal ejercicio o dificultar su relación con los actores del sistema de justicia o la comunidad en general. Al cerrarse el concurso, y hacerse el llamado a la audiencia, las propuestas fueron puestas en conocimiento público en la página web del Poder Judicial.
Una segunda innovación tuvo que ver con la invitación a la comunidad en general a participar del proceso, no solo dando a conocer los antecedentes de este, sino haciendo una invitación a que formularan preguntas de interés para poder evaluar a los postulantes. Además de la invitación general, se le hizo llegar especialmente la información a instituciones vinculadas al sector de la justicia penal, tales como las universidades, el Colegio de Abogados, entre otras. Se abrió una casilla especial de correo electrónico para que enviaran sus preguntas.
Una tercera innovación estuvo en la dinámica de la audiencia que se efectuó el 5 de agosto. Cada uno de los seis postulantes contó con 15 minutos para realizar su exposición inicial, en la cual ya no necesitaban repetir las ideas expresadas en su propuesta técnica acompañada por escrito, sino que era una oportunidad para enfatizar aspectos y profundizar en otros, cambiando así la dinámica que tradicionalmente se había impuesto en estos concursos. Además, probablemente la principal innovación estuvo en que luego la corte dedicó un tiempo aún mayor de la audiencia para formular las preguntas que había recibido de la comunidad y escuchar la opinión de los postulantes, entregando un lapso de dos minutos para cada una de ellas. De esta forma, 90 minutos de la audiencia estuvieron dedicados a las exposiciones iniciales y cerca de 120 a las preguntas y respuestas.
Esta dinámica, en mi opinión, permitió un conocimiento mucho más profundo de los candidatos ya que favoreció que pudieran pronunciarse en diversos temas que solo existiendo una exposición inicial no habrían sido abarcados, pero también entregó elementos para evaluar su manejo en diversos temas relevantes para la función de fiscal regional, su capacidad para sintetizar ideas y priorizar materias, entre otras. Es difícil pensar que estas cuestiones puedan surgir solo a partir de exposiciones sin preguntas. Recomiendo revisar el vídeo en el que se registró la audiencia completa y comprenderán mejor los alcances de lo que sostengo.
Finalmente, una última innovación estuvo en la forma de votación y su justificación. La corte decidió no votar en forma inmediata al cierre de la audiencia, sino resolver en un plazo de 48 horas, en el que cada ministro debió entregar un voto brevemente fundado de sus dos opciones. Esto quedó reflejado en el Acta de Pleno N° 232, de 8 de agosto, en la que junto con darse cuenta del resultado de la votación cada ministro consignó las razones de cada uno de sus votos de una manera breve, pero permitiendo comprender con mucha claridad las razones de su preferencia y compararla con las otras. Recomiendo también la revisión del acta disponible en la página web del Poder Judicial.
La suma de estas cuatro innovaciones se tradujo en una mejora sustantiva de la calidad de información disponible en este proceso, su transparencia y la participación ciudadana en su desarrollo. Seguramente la experiencia puede motivar a nuevas innovaciones o perfeccionamientos del proceso. Más allá de eso, arroja una luz de esperanza a que las cosas pueden hacerse mucho mejor sin necesidad de que existan reformas legales, sino centralmente, cuando hay una voluntad de examinar críticamente la propia práctica y existe un deseo sincero de mejora. Como ya señalé, ojalá el ejemplo de la Corte de Apelaciones de Antofagasta sea seguido en futuros concursos, pero también como un modelo de trabajo en todo tipo de ámbitos para otras instituciones del sistema.