La Ley 20.999 de 2017 reguló la rentabilidad máxima de las empresas de distribución de gas natural, incorporando una metodología para calcular su rentabilidad y estableciendo que la sanción por incumplimiento sería el paso inmediato a un régimen de regulación de precios. Existían legislaciones de larga data que regulaban la rentabilidad de este sector pero no había sido posible aplicarlas porque no existía un reglamento que indicara cómo para calcular las rentabilidades ni sanciones por incumplimiento.
Un estudio de la Fiscalía Nacional Económica (FNE), publicado en diciembre de 2021, concluyó que Metrogas eludió las regulaciones establecidas cuatro años antes, traspasando utilidades a una empresa relacionada. En efecto, a mediados de 2016 los dueños de Metrogas crearon Agesa y le traspasaron los contratos de adquisición de gas que tenía a la fecha para luego recomprárselos con un recargo y así reducir su rentabilidad.
Cuando se impone límites a la rentabilidad de las empresas de un sector es importante evitar que se eludan los topes a través de empresas relacionadas. La Ley 20.999 tuvo presente este desafío y estableció que la compra de gas a un tercero relacionado debía realizarse a través de una licitación internacional competitiva. Sin embargo, una norma transitoria validó los contratos de compraventa entre empresas relacionadas suscritos antes de que entrara en vigencia la ley. Esta norma, que estaba pensada para contratos suscritos antes de que se supiera que habría una nueva legislación, permitió que Metrogas y Agesa, consideradas conjuntamente, tuvieran una rentabilidad mayor que la permitida.
El caso Metrogas tiene varias consecuencias que merecen ser analizadas.
La importancia de los estudios de la FNE
El caso confirma el valor social de los estudios de mercado de la FNE, que se vienen realizando desde 2017. Porque fue el estudio de la FNE del mercado del gas el que detectó la situación anómala que involucraba a Metrogas y Agesa. Cinco largos años transcurrieron sin que fuera de público conocimiento lo que sucedía.
Otras instituciones del Estado debieran contar con equipos y recursos para realizar estudios similares, entre ellas el Sernac.
Las debilidades de la Ley del Lobby
Entre 2015 y 2021 se registran 32 reuniones entre representantes de Metrogas y autoridades del Ministerio de Energía, la última de ellas el 28 de diciembre de 2021. En 21 de estas reuniones no se registró el tema tratado, en las restantes este se resumió sucintamente como ‘diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos’. Si la ley exigiera detallar los temas tratados en estas reuniones, se podría evaluar si el lobby que realizó Metrogas pudo influir sobre las decisiones de las autoridades. Por eso es bienvenido el anuncio del Presidente Boric esta semana en su cuenta pública de enviar un proyecto al Congreso para reformar la Ley del Lobby.
La legitimidad de mercado y el sentimiento de abuso
Existe consenso que lo que hizo Metrogas no es ilegal. Más de alguien argumentará que maximizar la rentabilidad mediante iniciativas legales es como contribuyen los empresarios al bienestar social. El problema con este argumento es que no incorpora las externalidades negativas que conllevan este tipo de acciones, pues restan legitimidad a la labor empresarial y contribuyen a la sensación de abuso de la ciudadanía. Está claro que Metrogas no tuvo presente estos factores, sería interesante saber si las restantes empresas del sector, con concesiones en sectores residenciales fuera de Santiago, los tuvieron en cuenta. Porque solo Metrogas creó una empresa relacionada que se benefició de la norma transitoria antes mencionada.
También llama la atención la defensa que terminó haciendo el presidente de la CPC, Juan Sutil, de Metrogas. Luego de una primera reacción crítica el día de la cuenta pública presidencial, el dirigente empresarial hizo suyos los argumentos de la empresa cuando afirmó que ‘todos los estudios y toda la regulación indica que Metrogas compra en las mejores condiciones de mercado que cualquier otro competidor de la industria y vende de acuerdo a las condiciones que establece su contrato’.
La afirmación anterior ignora las economías de densidad que tiene Metrogas al servir al mercado residencial más grande y denso del país, Santiago, lo cual explica que sea más eficiente que las restantes empresas del sector. Y tampoco se hace cargo de que, según estimaciones del estudio de la FNE, los usuarios residenciales de Metrogas terminaron pagando entre un 12,7 y 20,2% más de lo que habrían pagado si hubiesen aplicado la rentabilidad máxima permitida.
¿Regulación de rentabilidad o regulación de precios?
En enero de 2022, el gobierno anterior ingresó un proyecto de ley que calculaba la rentabilidad de las distribuidoras de gas natural incorporando los costos de empresas relacionadas, sin excepciones ni normas transitorias. El Gobierno actual retiró este proyecto y anunció el envío de un nuevo proyecto que incluirá la regulación del precio del gas natural.
Regulación de rentabilidad o regulación de precios, he ahí el dilema. ¿Cuáles son las ventajas de cada una?
El desafío de la regulación de rentabilidad es que esta vez funcione. Metrogas redujo su rentabilidad artificialmente durante los últimos cinco años, no se puede descartar que lo haga de nuevo en el futuro.
La regulación de precios, en cambio, requiere una gobernanza sofisticada que no existe hoy en el Ministerio de Energía. Regular un sector con costos altamente fluctuantes es más difícil que estimar su rentabilidad, errores del regulador pueden llevar a la quiebra de empresas eficientes. También cabe mencionar que sería injusto aplicar regulación de precios a todas las empresas del sector cuando solo una de ellas incumplió el espíritu de la ley.
La discusión que viene en el Congreso requiere un trabajo prolijo para lograr el objetivo deseado. No es obvio el tipo de regulación que terminará aprobando, lo que sí es probable es que la legislación que resulte se conocerá como la ‘Ley Metrogas’.