Durante años, la ciudadanía ha mostrado cuáles son las problemáticas que la aquejan. En las siete versiones de la encuesta anual de Espacio Público e Ipsos ‘Chilenos y Chilenas Hoy’, la seguridad pública ha sido la primera preocupación de los encuestados. Responder a este problema con políticas públicas efectivas y basadas en evidencia es urgente. Sin embargo, no debemos olvidar otras importantes demandas ciudadanas, entre las cuales destacan las insuficiencias en salud y pensiones.
Estamos en un momento clave de la tramitación legislativa de dos proyectos relacionados a estos temas: la reforma de pensiones y la ley de corta de isapres. Ambos modifican aspectos clave de nuestro sistema de seguridad social, que en su origen nace de la constatación de que vivimos juntos en una sociedad, sumidos en relaciones de interdependencia que nos obligan unos a otros. Por ello decidimos compartir (‘solidarizar’), al menos en parte, aquellas contingencias sociales que nos afectan a lo largo del ciclo de vida, como la invalidez, la vejez o una enfermedad.
Aunque la crisis de las isapres tiene muchas aristas, el debate se ha centrado en la ‘mutualización’. Ella implica considerar tanto a los afiliados que pagaron de más como quienes pagaron de menos como consecuencia de la utilización de tablas de factores diferentes a la tabla única, siendo el monto resultante de la compensación el enriquecimiento sin causa obtenido por las isapres. Adoptar esta noción es consistente con una mirada sistémica del sistema, con la naturaleza de cualquier seguro y con el alcance general de los fallos.
Si interpretáramos la crisis actual únicamente desde la perspectiva de los derechos individuales de los afiliados, y entendiendo los contratos de salud como meros seguros individuales, la forma de cálculo probablemente sería distinta. Pero ello no es consistente con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y la Corte Suprema. Los tribunales han señalado que las isapres se enmarcan dentro del derecho a la seguridad social, entre cuyos principios rectores se encuentra precisamente el de ‘solidaridad’ (STC 1710-10). Ello explica otras normas incorporadas al proyecto de ley corta, como la consideración del total del 7% de cotización en el cálculo del monto a devolver por las isapres (como ocurre con Fonasa).
En materia previsional, introducir solidaridad en el pilar contributivo permitiría reducir brechas al interior y entre generaciones, así como la diferencia en las pensiones de hombres y mujeres. Todo esto no excluye las nociones de mérito y esfuerzo personal, que son elementos claves de nuestra sociedad. Se trata más bien de fortalecer un espacio o piso común al que todos contribuyamos, para asegurarnos de que todos y todas nos encontremos en condiciones de desplegar nuestros proyectos de vida con verdadera libertad.